Libre Asociación de Notarios Joaquín Costa
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  DECLARACIÓN DE IDEARIO Y PROPÓSTIOS
 


La Libre Asociación Profesional de Notarios "Joaquín Costa", domiciliada en Zaragoza (Paseo Independencia 30, ático), en el Registro de cuyo Gobierno Civil quedaron legalmente depositados sus Estatutos y Acta Fundacional en fechas 6 de julio de 1991,

Proclama que ha nacido con voluntad de cooperar, mediante la realización de estudios y la formación de opinión colectiva independiente, a la mejor definición y realización del servicio preventivo o cautelar de la seguridad jurídica privada que están llamadas a prestar a la sociedad las instituciones diseñadas a tal fin por el Ordenamiento Jurídico español;

Precisa además que entiende esos objetivos dentro del siguiente marco de ideas y valores necesarios:

- Espíritu de concurrencia profesional clásica, alejado de todo enfoque en términos de "competitividad de organizaciones empresariales dentro del mercado de servicios".

- En esa línea, autoexigencia de la más rigurosa personalización o individualización en la atención al público a servir, alejada de todo enfoque de "tratamiento de masas".

- A este efecto, dimensión racionalmente limitada de la oficina de servicio; rechazando toda forma de macrorganización propensa a la masificación; lo cual redundará además en una natural solidaridad corporativa, dañada con el estilo opuesto de actuación.

Con este fin, mantenimiento constante, profundización y ampliación de la preparación científico-técnica (tan extremadamente exigida en la selección del sustrato subjetivo institucional) con rigurosa aplicación personal de la misma en la casuística cotidiana y en la organización y dirección del servicio.

En este estilo, colaboración y coordinación fraterna con el Registro, para bien de ambas vertientes funcionales y de la sociedad servida.

- Todo ello, dispuesto de modo que la institución sirva a la intención de la Norma : control de legalidad ante todo; y supuesta ésta, y dentro del principio de imparcialidad, asesoramiento especial a la parte débil para equilibrar el negocio en el plano de la información, asegurando la efectividad de esta misión con la más rígida observancia del derecho de esa parte la elección del notario.

Cabe decir que esas líneas se resumen así: pleno regreso de la función al estilo tradicional de la misma, que la dinámica mercantilista de la contratación de masas está deteriorando: una actuación de "defensores del pueblo" en la esfera jurídica privada, a cuya idea respondió, en su momento, nuestra opción vocacional por esta forma original de "función profesionali­ zada".

La Asociación promoverá que algún día quede integrada en la estructura orgánica de la Institución su misión autodefinidora de constituir platáforma formativa y expresiva de opinión que (sin perjuicio de hacerlo también en esta dimensión) se propone llevar a cabo no sólo dentro de la división territorial en Colegios (donde los temas quedan excesivamente reducidos a nivel de interés local); sino también a escala nacional. Hasta tanto tal posibilidad se establezca normativamente se utilizará como mecanismo el constitucional y democrático de la Asociación libre independiente.

La Asociación brinda desde ahora su disposición colaboradora a la Organización oficial; aunque en el ejercicio de su crítica independiente, adoptará sus propias estrategias de acción para extender la opinión formada en su seno, cuando esa disposición no sea utilizada, y la Organización se muestre cerrada a los retos del momento actual y a las necesidades y exigencias de la sociedad a servir; dado que es a ésta a quien, por encima de todo, nos debemos como profesionales y se debe la función profesional­ mente organizada. No obstante, en esa actitud de independencia, su acción se limitará siempre en la formación y a la extensión de opinión y convic­ ción, sin entrar jamás en la política jurídica directa, ni siquiera en estamen­tos de la Administración ideológicamente neutros.

Esta entidad asociativa natural permanecerá radicalmente al margen de todo ideario político concreto, sin tolerar inmisiones de ninguno, y admitiendo todos los que sus miembros quieran libremente abrazar en su vida particular siempre que no pretendan interferir con ellos en los objetivos exclusivamente profesionalistas de la Asociación. Todo intento en otro sentido hallaría como respuesta la invitación a la autoexclusión, en caso necesario, la exclusión forzosa.

Menos aún pretenderemos nunca una exclusiva de la cualidad democráti­ca, que hoy en día es presumible en todas las organizaciones abiertas a la opinión personal; sin perjuicio de que pensemos que siempre cabe profundi­ zar y mejorar en el desarrollo de ese modelo de organización para la formación de pensamiento y para su traducción en acción.

Finalmente: esta Asociación nace exenta de todo espíritu agresivo. Hará cuanto esté en su mano por cooperar a que ciertas concepciones que no comparte, y ciertos estilos que objeta, se vean rectificados con el peso poderoso de la opinión colectiva; pero eso será todo. Quiere ser conciencia general; no acusación ni condena particular.

Deseadnos éxito: pensamos y queremos que si en ese área de intereses que el Derecho Privado es, imprimimos a nuestra actuación un sello de idealismo, cifrado en el preciado bien de la seguridad a través del control riguroso de la legalidad y de la asistencia equilibradora en las relaciones, la sociedad civil, beneficiaria de ese bien pacificador, corresponderá con su plena afección y adicción, lo cual representaría, para el futuro de nuestra Institución, una contraprestación en la misma moneda por ella tributada: Seguridad.
 
  OBJETIVOS
  CONCILIACIÓN DE INTERESES
CONTROL DE LA LEGALIDAD
IDEARIO
 
 
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