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  EL ENEMIGO EN CASA - ANCERT [29 Noviembre 2007]
 

 

Recientemente se ha tenido conocimiento que, desde la administración de justicia, se ha presentado una queja ante la institución notarial debido a que no ha sido posible disponer de una determinada escritura pública, de interés para un presunto asunto de blanqueo, a través de la información contenida en el Índice Único por el retraso en el envío del mismo.
 Sin perjuicio de recordar que todos debemos cumplir con nuestras obligaciones corporativas dentro de los plazos fijados en la normativa vigente y de que se dan, a día de hoy, algunos supuestos de dilaciones inadmisibles que exigen la actuación inmediata de las Juntas Directivas, no es menos cierto que dicho retraso ha sido provocado en parte por el deficiente funcionamiento de Ancert y por las dificultades que, muchas ocasiones, nos hemos encontrado para poder acceder a la página correspondiente del SIC y a los bloqueos que, para la introducción de datos, se derivaban de la estructuración del reseñado Índice.
 La mala imagen del Notariado que ha podido provocar el retraso imputado se podría haber evitado o, al menos, mitigado si, desde Ancert, se hubiera habilitado la posibilidad de remitir el índice correspondiente a un mes aunque no se hubiera remitido el o los correspondientes a meses anteriores, pues todos somos sabedores de que, a partir del mes de Abril, los índices se han venido cumplimentando prácticamente en tiempo por la necesidad de remitir las fichas y copias simples a los distintos órganos tributarios de las C.C. A.A.. Por ello, de haberse admitido tal posibilidad, la información remitida a las distintas Administraciones Públicas hubiera sido sensiblemente superior, al ser mayor el número de meses de índices enviados, y, posiblemente, hubiera podido evitarse la queja arriba referida y el deterioro de nuestra imagen. Ello dependía de nosotros mismos, al ser Ancert una entidad controlada por el Consejo General del Notariado.

  Por todo ello, desde esta página exigimos una mayor eficiencia en el funcionamiento de Ancert y la implantación de aplicaciones tendentes a facilitar el cumplimiento de nuestras obligaciones corporativas y no a entorpecerlas o, al menos, retrasarlas.

 

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